Filosofía de TrabajoBeneficiosAsesoría a EmpresasAsesoría a TrabajadoresConsulta en LíneaForoContáctenos
 

 

11/Ene/2010
Articulo L.F.T
por Jony
Puede mi esposa tener a nuestro bebe en su área de trabajo durante su jornada.si la respuesta es negativa, en que articulo de l lft lo indica. Gracias
4/Mar/2010
por Angel Osvaldo
Es claro que si esta en el trabajo, no puede atender a su bebe, perderia la naturaleza de ir a trabajar.

la ley a lo mas que indica es de un de descanso de 6 semanas anteriores a la fecha del parto, y de 6 semanas posteriores a esta fecha, y continua diciendo que podra en periodo de lactancia tener dos descansos extraordinarios por dia de media hora cada uno para alimentar a su hijo.

Art. 123 A) V.

C.J.S.E. ABOGADOS no se hace responsable por las opiniones emitidas en este espacio.
Los comentarios aquí publicados son responsabilidad de quién los escribe.
C.J.S.E. ABOGADOS se reserva el derecho de editar los textos y de eliminar aquellos que utilicen un lenguaje no apropiado y que vaya en contra de las leyes mexicanas.

ˇParticipe en este foro!

Escriba sus comentarios sobre este tema

Nombre:
E-mail:
Su email no será publicado.
Mensaje:


C.J.S.E. ABOGADOS
informes@cjseweb.com
Avenida Baja California No. 196 Despacho 703
Col. Roma Sur
Delegación Cuauhtémoc,
México D.F. C.P. 06760
{ Ver Mapa }
Tels: 19-98-38-74
19-98-55-35
¡Descargue nuestra v-card!